Procedimiento de Regularización Definitiva de Cuotas RETA por Ingresos Reales en 2026
La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha iniciado el proceso masivo de regularización de las cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) correspondientes al ejercicio fiscal liquidado. Tras el cruzamiento telemático de datos con la Agencia Tributaria (AEAT) y las Haciendas Forales, la Seguridad Social está notificando a cientos de miles de trabajadores por cuenta propia el ajuste definitivo entre lo cotizado mes a mes y los rendimientos netos reales obtenidos.
Este procedimiento, derivado del sistema de cotización por ingresos reales que entró en vigor progresivamente en España, supone que aquellos autónomos que cotizaron por debajo de sus ingresos reales deberán abonar la diferencia, mientras que quienes cotizaron por encima tendrán derecho a la devolución de oficio de las cuotas pagadas en exceso.
¿Cómo calcula la Seguridad Social los rendimientos netos reales?
Para determinar la base de cotización definitiva que correspondía a cada autónomo, la TGSS aplica la siguiente fórmula legal establecida en el artículo 308 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social:
- Rendimiento Neto Actividad: Se computan la totalidad de los rendimientos netos obtenidos por las distintas actividades económicas desarrolladas en estimación directa o los rendimientos del trabajo derivados de la condición de socio societario.
- Deducción genérica por gastos de difícil justificación: Al rendimiento neto computable se le aplica una deducción genérica del 7% (o del 3% en el caso de autónomos societarios).
- Promedio mensual: El resultado final se divide entre los días de alta en el ejercicio para obtener el rendimiento neto mensual medio que determina el tramo de cotización real.
Escenarios posibles tras recibir la notificación electrónica
Cuando la Seguridad Social emite la resolución individualizada a través de la Sede Electrónica (Notificaciones RED / DEU), el autónomo se encontrará en una de las tres situaciones siguientes:
| Resultado | Consecuencia Práctica | Plazo de Resolución |
|---|---|---|
| Cuota a Ingresar (Regularización en contra) | La base elegida fue inferior a los ingresos reales. Hay que ingresar la diferencia sin recargo. | Último día del mes siguiente a la notificación. |
| Cuota a Devolver (Regularización a favor) | Se cotizó por encima del tramo obligatorio. La TGSS devuelve de oficio el importe sobrante. | Antes del 30 de abril del ejercicio posterior a la notificación. |
| Cotización Correcta (Sin diferencias) | Los ingresos reales se mantuvieron dentro del tramo de base seleccionado durante el año. | Notificación de conformidad. |
Pasos para revisar y alegar la resolución con tu gestoría
Si la notificación refleja una diferencia a ingresar cuantiosa o discrepa de tus libros contables, es fundamental actuar con celeridad antes de que venza el plazo administrativo de alegaciones:
- Revisión del desglose de rendimiento neto: Comprueba con tu gestor que Hacienda no ha incluido ingresos exentos o subvenciones no computables a efectos de la base del RETA.
- Verificación de periodos de baja e incapacidad: Revisa que los meses en los que estuviste de baja médica o maternidad/paternidad hayan sido excluidos adecuadamente del cálculo de cuotas de actividad ordinaria.
- Presentación de recurso de alzada: Si existen errores materiales en la imputación de rendimientos por parte de la AEAT hacia la TGSS, tu asesoría fiscal podrá interponer un recurso administrativo solicitando la suspensión cautelar del cobro hasta la rectificación de los datos origen.
Ante la complejidad de los cálculos cruzados entre Hacienda y Seguridad Social, disponer del respaldo continuo de una gestoría especializada en autónomos resulta imprescindible para garantizar que no abonas ni un solo euro de más en tus liquidaciones de cotización.